Eldorado se adhirió al decreto provincial

Dia uno
Dia uno

El decreto rubricado este sábado por el jefe comunal dice lo siguiente:

El Decreto Nº 399 – 2020 dictado el día 20 de marzo del cte. por el Sr. Gobernador de la Provincia de Misiones, en el que amplía las medidas previstas inicialmente en consonancia a las nacionales, con la finalidad de profundizar las acciones a los fines de extremar las medidas de prevención, por el brote de dengue y la pandemia de Coronavirus COVID-19;

D E C R E T O Nº 15 / 2020.-

Eldorado, Mnes 20 de marzo de 2.020.-

VISTO:El Decreto Nº 399 – 2020 dictado el día 20 de marzo del cte. por el Sr. Gobernador de la Provincia de Misiones,en el que amplía las medidas previstas inicialmente en consonancia a las nacionales, con la finalidad de profundizar las acciones a los fines de extremar las medidas de prevención, por el brote de dengue y la pandemia de Coronavirus COVID-19;

CONSIDERANDO:Que, en el marco de la emergencia epidemiológica y sanitaria el Departamento Ejecutivo Municipal ha dictado los Decretos Nº 011, 012, 013 y 014 del corriente año. –

Que, el dictado del Decreto Nº 399-2020 en el artículo 5to a los Municipios a adoptar medidas similares a las establecidas por el Gobierno de la Provincia de Misiones. –

Que, el presente Decreto se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el Articulo 126 de la Carta Orgánica Municipal;

POR ELLO:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE ELDORADO

D E C R E T A:

ARTICULO PRIMERO: ADHERIR al DECRETO Nº 399 de fecha 20 de marzo de 2020 emanado del Poder Ejecutivo Provincial, en todo lo que resulte de aplicación en la jurisdicción municipal. —————————————————————————-

ARTICULO SEGUNDO: DECLÁRESE asueto administrativo en el ámbito de la Administración Pública Municipal, los días 20, 25, 26, 27 y 30 de marzo del año 2020, a los fines de que el personal cumpla con el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional.—————————————————————————————————-

ARTICULO TERCERO: SUSPÉNDANSE los plazos y términos administrativos durante este periodo, siendo por ello considerados inhábiles los días dispuestos en el artículo 2do del presente decreto. ——————————————————————-

ARTICULO CUARTO: MANTENGASE la vigencia DECRETO Nº 014 – 2020, de fecha 19 de marzo del corriente año, a los efectos del mantenimiento en funcionamiento todas aquellas áreas municipales que fueren imprescindibles, las que expresamente se hallan exceptuadas del asueto dispuesto en el artículo 2do del presente decreto. –

ARTICULO QUINTO: Dese amplia difusión, COMUNÍQUESE, publíquese y cumplido archívese.

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