Desestiman causa penal por la muerte de Juanita Sirimarco tras su regreso de un viaje escolar

Dia uno
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No se hallaron responsabilidades penales en la actuación de docentes y coordinadores durante el viaje de egresados a Villa Carlos Paz. La decisión se basó en la falta de pruebas concluyentes y en la evaluación del accionar del personal a cargo.

Juanita había regresado a Posadas luego de participar en el viaje de egresados de nivel primario junto a sus compañeros del Instituto Cristiano República Argentina (ICRA), en la provincia de Córdoba. Durante el trayecto de regreso comenzó a manifestar síntomas de malestar y llegó descompuesta. Al notar su estado, su familia la trasladó de forma inmediata al Hospital Pediátrico Fernando Barreyro de Posadas, donde fue atendida.

Tras una investigación preliminar, el Juzgado de Instrucción N.º 6 de Posadas resolvió desestimar la causa iniciada de oficio para determinar las circunstancias del fallecimiento de Juanita Sirimarco Díaz, ocurrido el 12 de octubre de 2024 tras un viaje de egresados a Villa Carlos Paz. La resolución, firmada por el juez Ricardo Walter Balor, concluye que no se configuró delito alguno por parte de los adultos responsables.

El magistrado basó su dictamen en el análisis de declaraciones testimoniales aportadas por compañeros, docentes, coordinadores, personal médico y otros testigos. Según consta en el expediente, al que accedió este medio, no fue posible realizar una autopsia debido a la cremación del cuerpo, lo que limitó la determinación precisa de la causa del deceso.

Balor consideró que los docentes y coordinadores actuaron conforme al nivel de diligencia exigible en un contexto de emergencia médica durante un viaje escolar. En particular, señaló el acompañamiento constante que recibió la menor desde la aparición de los primeros síntomas hasta su traslado.

La resolución también cita el testimonio de una madre acompañante, enfermera de profesión, quien sostuvo que no percibió una situación de riesgo inminente durante el trayecto. “Si yo hubiera visto peligro, le hubiera dicho a la maestra que pare”, declaró ante la Justicia.

La adolescente de 13 años era abanderada en su último año de primaria. (Foto: gentileza familia Sirimarco Díaz).

El juez además analizó la decisión de la madre de la menor de solicitar una ambulancia en lugar de aceptar el traslado inmediato en un vehículo dispuesto por la empresa de turismo, lo que, según el expediente, generó una demora en la atención médica.

Respecto a una posible omisión de auxilio, el juez fue taxativo al descartar esta figura penal. “Docentes y coordinadores brindaron asistencia en forma oportuna, utilizando los recursos disponibles y actuando dentro de un contexto limitante”, detalló.

En cuanto a una eventual negligencia, Balor indicó que no se pudo establecer una relación causal directa entre el accionar de los adultos y el fallecimiento. La menor presentó un cuadro de Influenza B que derivó en un shock séptico, cuyo desarrollo pudo haber sido fatal incluso con intervención médica inmediata.

“No se advierte una relación causal entre una conducta específica y el desenlace, tratándose de una infección de evolución rápida cuya gravedad excedía la capacidad de previsión de los responsables”, concluyó el juez en su escrito.

Aunque la causa penal fue archivada, la vía civil continúa abierta en caso de que la familia decida avanzar por esa instancia.

misionesonline.net

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