Causa Vialidad: la Cámara de Casación rechazó un recurso de Cristina Kirchner y avaló el decomiso de sus bienes

Dia uno
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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó este viernes los recursos presentados por las defensas de Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Báez, y ratificó que el Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF 2) de Comodoro Py es el competente para ejecutar el decomiso de bienes derivado de la condena en la Causa Vialidad. La decisión habilita al tribunal a avanzar en la ejecución patrimonial hasta alcanzar la suma de $684.990 millones, monto fijado por la Justicia como el total de los fondos obtenidos ilícitamente a través de irregularidades en la obra pública.

El fallo, firmado por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, respalda el planteo del fiscal Mario Villar, quien había pedido evitar maniobras dilatorias por parte de los condenados. “El decomiso se ha convertido en un pilar esencial de la investigación penal contemporánea, indispensable para desmantelar redes corruptas incrustadas en el Estado”, expresaron los magistrados en su resolución.

Casación recordó además que el decomiso “constituye una medida penal derivada de la condena, no una acción resarcitoria civil”, y su finalidad es “despojar a los responsables de los beneficios económicos del delito y restituirlos a la sociedad”.

La defensa de la expresidenta había solicitado trasladar el proceso al Fuero Civil y Comercial, al considerar que la medida tenía un carácter indemnizatorio. Sin embargo, la Cámara desestimó ese planteo y sostuvo que el decomiso debe permanecer bajo jurisdicción penal.

El fiscal Villar explicó que el planteo de la exmandataria “parte de un error conceptual, ya que el decomiso no equivale a una indemnización o resarcimiento civil, sino que es una herramienta del Estado para recuperar bienes ligados a actividades ilícitas”.

“El decomiso —profundizó el representante del Ministerio Público Fiscal— es la herramienta que posee el Estado para procurarse los bienes que sirvieron para cometer un hecho ilícito o de aquellos que son producto o ganancia de aquel”.

El fallo también ratifica que los bienes y activos de los condenados podrán ser ejecutados debido al incumplimiento del pago voluntario. De esta forma, el TOF 2 podrá continuar con la ejecución patrimonial sin necesidad de intervención de otro fuero.

El cuestionamiento sobre el método de cálculo

Cristina Kirchner había objetado el monto fijado y el método utilizado para actualizarlo, argumentando que el decomiso debía reducirse a $42.000 millones según los cálculos de sus peritos, basados en la tasa pasiva promedio del Banco Central.

Los jueces, sin embargo, ratificaron la postura del Tribunal Oral, que aplicó el Índice de Precios al Consumidor (IPC) como parámetro de actualización. Consideraron que la elección de ese índice es “razonable y no arbitraria” para preservar el valor real del beneficio ilícito frente a la inflación.

Casación concluyó que las defensas no demostraron errores normativos ni arbitrariedad en el fallo original y que la actualización monetaria por IPC “se ajusta al objetivo de mantener la proporcionalidad entre el daño causado y el beneficio obtenido”.

Un fallo con implicancias políticas y judiciales

Con esta resolución, la Cámara deja firme la competencia penal de Comodoro Py y abre la vía para que el Tribunal Oral Federal N° 2 ejecute los bienes de la exmandataria y de otros condenados por corrupción en la obra pública.

El fiscal Villar celebró la decisión al remarcar que la cifra surge de la “manipulación ilícita de los procesos licitatorios investigados y sobre la base de los sobreprecios plasmados en las adjudicaciones de los contratos de obra pública”, y recordó que todas esas circunstancias “fueron objeto de investigación, juzgamiento y revisión hasta alcanzar la autoridad de cosa juzgada, todo ello en el marco de las reglas del debido proceso”.

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