El subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Álvarez, se refirió a la vigencia del decreto que habilita a las casas de altos estudios a arancelar las carreras de grado para aquellos alumnos que no cuenten con la residencia permanente en el país.
Álvarez ratificó que los rectores de las universidades nacionales de todo el país ya tienen la facultad legal de arancelar los estudios a extranjeros sin residencia permanente. De forma curiosa, el funcionario echó mano a su cuenta de X para recordar la vigencia de la norma en el marco de la llamada campaña antiargentina que cobró fuerza en redes al término del Mundial.
El funcionario nacional buscó fue contundente al respecto: “Tras muchas consultas, aclaramos: está vigente el DNU 366/2025 sobre la autorización a todas las universidades nacionales para cobrar a estudiantes extranjeros”.
De esta manera, el Ejecutivo nacional ratificó que las autoridades de las casas de estudios cuentan con el respaldo jurídico para modificar sus esquemas de financiamiento interno. Según precisó el propio subsecretario, la habilitación formal comenzó a regir hace meses, ya que los rectores “están legalmente autorizados desde el día 28/5/2025”.
Los alcances de la reforma en la educación superior
La medida a la que hizo referencia Álvarez se encuadra en una reforma profunda de la normativa que regula el sistema de enseñanza en el país. El texto oficial introdujo modificaciones clave a la Ley de Educación Superior N° 24.521 y a la Ley de Educación Nacional N° 26.206, lo que redefinió el alcance del principio de gratuidad que históricamente caracterizó a las universidades argentinas.