El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario 16 de la Ciudad, Leonardo Furchi, declaró la inconstitucionalidad de la ley que autorizaba la venta del predio de Costa Salguero, donde el Gobierno porteño busca construir un conglomerado de edificios, proyecto que es resistido por organizaciones sociales y políticas que pugnan por un espacio verde y público ribereño.
La resolución del magistrado hizo lugar al amparo presentado por la diputada nacional del Frente de Todos Gabriela Cerruti y la asociación civil Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) contra el Gobierno porteño.
En el fallo, Furchi declaró «la inconstitucionalidad de la Ley 6.289 por ser contraria a los artículos 63, 89 incisos 4 y 6, y 90 de la Constitución de la Ciudad» e impuso «las costas a la demandada vencida, por no encontrar motivos para apartarse del principio objetivo de la derrota».
Puntualmente, el artículo 63 fija el proceso para la convocatoria de las audiencias públicas por parte del Estado porteño que señala que el llamado «es obligatorio antes del tratamiento legislativo de proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos industriales o comerciales, o ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos».
El 89 y 90, en tanto, establecen los mecanismos legislativos que deben ejecutarse para el tratamiento de las leyes denominadas «de doble lectura», entre las que se incluye a las iniciativas del Ejecutivo que contemplen la «desafectación de los inmuebles del dominio público», como es, justamente, el caso de Costa Salguero.