Obligado por la pandemia de coronavirus, el presidente Alberto Fernández debió recurrir en 2020 a utilizar la herramienta del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de manera casi cotidiana, ya que en los 12 meses del año pasado firmó 76.
De acuerdo al inciso número 3 del artículo 99 de la Constitución Nacional, el jefe de Estado está habilitado a dictar este tipo de decretos «solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos» por la Carta Magna para la sanción de las leyes.
También establece que debe hacerlo «en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de Gabinete».
Fuente: Diario26