El Poder Ejecutivo nacional volvió a aplazar la aplicación de incrementos en los impuestos sobre combustibles líquidos y dióxido de carbono. La medida, publicada en el Boletín Oficial, extiende el diferimiento hasta el 1 de julio para ajustes acumulados de 2024, 2025 y el primer trimestre de 2026, lo que impacta en naftas y gasoil.
El Gobierno nacional postergó una vez más la entrada en vigencia de los aumentos pendientes en los impuestos que gravan los combustibles líquidos y el dióxido de carbono. El Decreto 405/2026, difundido este lunes en el Boletín Oficial, establece que los incrementos acumulados por actualizaciones de 2024, 2025 y el primer trimestre de 2026 se aplicarán a partir del 1 de julio.
Esta decisión abarca a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, y prolonga por un mes un esquema de diferimientos que comenzó en 2025.
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El Poder Ejecutivo modificó el Decreto 617/2025, el cual había fijado que parte de los incrementos pendientes empezarían a regir desde este lunes. El documento lleva la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo.
Los impuestos sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono se calculan con montos fijos en pesos por unidad de medida. La legislación actual indica que estos valores deben actualizarse periódicamente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el Indec.
Los montos de estos tributos se actualizan en enero, abril, julio y octubre de cada año. Para cada ajuste, se toma como referencia la variación del IPC del trimestre calendario inmediatamente anterior. Además, el régimen vigente determina que los nuevos valores comienzan a tener efectos sobre los hechos imponibles desde el primer día del segundo mes posterior a la actualización.
Fundamentos de la medida
Sin embargo, el decreto señala que los efectos de esos incrementos se diferieron en sucesivas oportunidades mediante distintas normas dictadas desde 2025. Esos aplazamientos alcanzaron tanto al impuesto sobre los combustibles líquidos como al dióxido de carbono aplicables a las naftas y al gasoil.
La modificación publicada este lunes extiende hasta el 30 de junio el período durante el cual continuará vigente el esquema actual. De ese modo, los aumentos que aún permanecían pendientes por las actualizaciones correspondientes a los años calendario 2024 y 2025 no comenzarán a aplicarse en junio, como estaba previsto hasta ahora.
Además, la medida incorpora al nuevo diferimiento los incrementos derivados de la actualización correspondiente al primer trimestre de 2026. Según los considerandos de la norma, esos ajustes también tendrían que haber comenzado a surtir efectos desde este lunes, pero quedaron incluidos en la postergación que definió el Poder Ejecutivo.
Entre los fundamentos de la medida, el Gobierno de Milei sostuvo que la decisión busca continuar impulsando el crecimiento de la economía dentro de un esquema de sostenibilidad fiscal. Con ese argumento, consideró necesario diferir nuevamente la aplicación de los incrementos remanentes vinculados a las actualizaciones previstas en la legislación vigente.