La Cámara de Senadores de la Nación tiene en estudio varios proyectos de Ley de Teletrabajo presentados por legisladores de todos los bloques desde el inicio de la pandemia de coronavirus, aunque el que cuenta con más posibilidades de ser aprobado sin cambios es el que llegó de Diputados hace algunas semanas.
La iniciativa fue aprobada el último 25 de junio en la Cámara baja por amplia mayoría, aunque la votación evidenció algunas diferencias dentro del interbloque de Juntos por el Cambio.
En aquella oportunidad, el proyecto obtuvo el respaldo de 214 legisladores del Frente de Todos, el Movimiento Popular Neuquino, Juntos por el Cambio, el Interbloque Federal y el Interbloque Unidad Federal para el Desarrollo.
En tanto, 29 diputados decidieron abstenerse en la votación: 21 del PRO, tres de la Coalición Cívica, la izquierda, algunos de Consenso Federal y un macrista votó en contra.
En el Senado la iniciativa sería puesta a consideración de la comisión de Trabajo y Previsión Social esta semana, en conjunto con varias iniciativas presentadas ante la Cámara desde principios de abril.
Al menos una decena de expedientes deberán ser adjuntados al proyecto que fue sancionado por Diputados.
Se trata de proyectos presentados por los oficialistas Juan Mario Pais (Chubut), Mariano Recalde (Ciudad Autónoma de Buenos Aires), Antonio Rodas (Chaco), María Eugenia Catalfamo (San Luis), Silvina García Larraburu (Río Negro) y el presidente de la Comisión de Trabajo, Daniel Lovera (La Pampa), que fue uno de los primeros.
Desde Juntos por el Cambio, los senadores Juan Carlos Marino (La Pampa), Julio Cobos (Mendoza) y Gladys González (Buenos Aires) redactaron iniciativas.
En tanto que el único representante de Juntos Somos Río Negro, Alberto Weretilneck, también propuso un proyecto de ley de Teletrabajo.
No obstante, el expediente sobre el cual los senadores trabajarán en las próximas semanas será el que tiene sanción de Diputados, mientras que el resto de las iniciativas serán puestas «a la vista».
Si el proyecto llegado de la Cámara baja recibiera modificaciones, entonces deberá volver a Diputados para una nueva revisión.
En esa instancia, los legisladores tendrán que optar por la versión original o por la que le envíen los senadores.
De todos modos, fuentes del oficialismo aseguraron a Télam que la idea es que la Cámara alta convierta el proyecto en Ley para que entre en vigencia inmediatamente.
El proyecto de ley establece los derechos que tendrán los trabajadores y las obligaciones de los empresarios en esta modalidad de empleo que se incorporará a cada convenio colectivo de trabajo.
El dictamen había sido consensuado originalmente entre el bloque del Frente de Todos y de Juntos por el Cambio y establece presupuestos mínimos para el trabajo a distancia, el derecho a la desconexión, a tener una jornada determinada, y el carácter voluntario de esta modalidad de empleo a distancia.
Entre otros aspectos, se considera «teletrabajo» a la tarea que se realiza en forma parcial o total en el domicilio o en lugares distintos al establecimiento de la empresa.
El proyecto establece presupuestos mínimos que deben cumplir trabajadores y empleadores y deriva aspectos puntales a los convenios colectivos.
Los teletrabajadores tendrán los mismos derechos -salarios, licencias y vacaciones-que aquellos que lo hacen en forma presencial.
La idea es que la ley, una vez promulgada por el Poder Ejecutivo, comience a aplicarse tres meses después de que finalice el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesto por el gobierno para mitigar el avance del coronavirus.
La jornada laboral por la modalidad del teletrabajo debe pactarse por escrito y los trabajadores tendrán el mismo horario como si fuera presencial, garantizándose su derecho a la desconexión.
En tanto, los empleados que acrediten tener a su cargo menores y adultos mayores tiene derecho a adecuar su día de trabajo. La modalidad a distancia, salvo en casos de fuerza mayor, es voluntaria. De hecho, el trabajador podrá revertir el teletrabajo y volver a su tarea presencial.
Los empleadores deberán otorgar el equipamiento, las herramientas de trabajo y asumir sus gastos.
Por su parte, los trabajadores tendrán los mismos delegados que los empleados que lo hacen en forma presencial y se incorporará la modalidad de trabajo a distancia al listado de enfermedades de las ART.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación deberá crear un registro donde se inscriban a las empresas que tienen trabajadores de esa modalidad.
Fuente: Telam