Este domingo, en una nueva reunión del Comité de Crisis, el intendente municipal, Fabio Martínez, junto a las máximas autoridades de las fuerzas de seguridad, resolvieron adherir a la disposición del Gobierno de la Provincia de Misiones, que establece asueto administrativo desde este lunes 13, hasta el viernes 24 de abril, inclusive.
Esta decisión acompaña las normas vigentes en el país y en nuestra provincia, consideradas “necesarias para continuar y profundizar las acciones a los fines de extremar las medidas de prevención, por el brote de dengue y pandemia de Coronavirus Covid-19”
La extensión del asueto, busca reducir la circulación de las personas en la ciudad, facilitando el trabajo de los agentes de seguridad que continúan recorriendo los barrios y apostados en distintos puntos estratégicos de la ciudad.
Así, DECRETO 19-2020.pdf, firmado este domingo, prorroga la vigencia de documentos anteriores, Decretos 9, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18, que rigen las normas del aislamiento social preventivo y obligatorio en nuestra ciudad.
Decreto 19/2020
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ELDORADO
D E C R E T A:
ARTICULO PRIMERO: ADHERIR al DECRETO Nº 470 de fecha 11 de abril del año 2020 emanado del Poder Ejecutivo Provincial, en todo lo que resulte de aplicación en la jurisdicción municipal.—————————————————————————-
ARTICULO SEGUNDO: DECLÁRESE asueto administrativo en el ámbito de la Administración Pública Municipal, los días 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23 y 24 de Abril del año 2020, a los fines de que el personal cumpla con el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 y sus prórrogas y modificatorias. ———————————————————————
ARTICULO TERCERO: SUSPÉNDANSE los plazos y términos administrativos durante este periodo, siendo por ello considerados inhábiles los días dispuestos en el artículo 2do del presente decreto. ——————————————————————-
ARTICULO CUARTO: MANTÈNGASE la vigencia DECRETO Nº 014 del Año 2020, de fecha 19 de marzo del corriente año, a los efectos del mantenimiento en funcionamiento de todas aquellas áreas municipales que fueren imprescindibles, las que expresamente se hallan exceptuadas del asueto dispuesto en el artículo 2do del presente decreto. —————————————————————————————–
ARTÍCULO QUINTO: PRORRÓGUESE la vigencia de las medidas dispuestas en los Decretos Municipales 09, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 del año 2.020 hasta el día 26 de abril del cte. año inclusive. —————————————————————
ARTÍCULO SEXTO: INVÍTASE al Concejo Deliberante y al Juzgado Municipal de Faltas a adoptar similares medidas que las establecidas en el presente instrumento.
ARTICULO SEPTIMO: Dese amplia difusión, COMUNÍQUESE, publíquese y cumplido ARCHÌVESE. —————————————————————————————