La Justicia irlandesa rechazó ejecutar el fallo de Nueva York solicitado por los demandantes, en un nuevo revés internacional para la demanda contra la expropiación de la petrolera.
La semana comenzó con otro fallo favorable para Argentina en la causa por la expropiación de YPF. La Justicia de Irlanda rechazó el pedido de ejecutar el fallo del caso YPF en ese país, solicitado por los demandantes.
Según informó la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN), “en dicho proceso buscaban el reconocimiento y ejecución en Irlanda del fallo dictado por la Corte del Distrito Sur de Nueva York, que condenó a la República Argentina al pago de más de 16 mil millones de dólares más intereses, el cual todavía se encuentra en instancia de apelación”.
Los demandantes habían solicitado acciones similares en otras jurisdicciones extranjeras. La PTN destacó que “la decisión irlandesa constituye la primera resolución en el marco de estos intentos de ejecución internacional y representa un precedente favorable para la República Argentina”.
La semana pasada, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York determinó que el país podía esperar hasta la próxima apelación, prevista en septiembre, por el pedido de Buford Capital, principal demandante del juicio, de quedarse con las acciones de YPF, sin necesidad de presentar garantía. La jueza Loretta Preska, que condenó en primera instancia a Argentina, ordenó la entrega de las acciones. Esta medida será revisada por la Corte en septiembre y, luego de las elecciones legislativas en octubre, se analizará la apelación de fondo para determinar si el fallo multimillonario de Preska es correcto.
Argentina adelantó que acudirá a la Corte Suprema de Justicia de EEUU ante cualquier resolución adversa. Desde la PTN remarcaron: “Este Gobierno, bajo el liderazgo del presidente Javier Milei, continuará defendiendo con firmeza y decisión los intereses nacionales. Este fallo confirma la solidez de la defensa técnica desplegada y nuestro compromiso con la protección de los activos estratégicos de la Nación”.
Un vocero de Burford, el bufete de origen inglés que representa a los demandantes, señaló: “Si bien el tribunal irlandés no se pronunció sobre la sustancia del caso, resulta sorprendente que Irlanda otorgue tan poca importancia a su papel en el sistema financiero global que deje en manos de los tribunales de Chipre, Luxemburgo y Francia la resolución de estos asuntos. Dicho esto, respetamos la decisión del tribunal irlandés de conservar sus recursos mientras se tramita la apelación del Segundo Circuito a finales de octubre”.
Burford, que busca ejecutar la sentencia en Inglaterra, Francia, Luxemburgo, Australia, Canadá y Chipre, presentó en julio ante el tribunal de Preska un documento titulado “Cronología de los retrasos de la República en los trámites de reconocimiento en el extranjero”, denunciando supuestos dilaciones de Argentina en la gestión de los pedidos de ejecución internacional.
El fallo irlandés, firmado por la jueza Eileen Roberts, tiene 77 páginas y se originó por la acción de dos demandantes, Petersen y Eton Park, en abril del año pasado. Roberts fundamentó su decisión en que “ni la República Argentina ni YPF poseen bienes en Irlanda susceptibles de embargo, salvo activos diplomáticos y consulares que, por su naturaleza, están protegidos de cualquier acción judicial”.
La magistrada añadió que “no hay evidencia de que el Estado argentino vaya a tener activos en el país en el corto o mediano plazo, por lo que permitir la ejecución solo supondría un uso innecesario de recursos judiciales sin impacto real para las partes” y afirmó que “este procedimiento no tiene absolutamente ninguna conexión con Irlanda. Además, no estoy convencida de que permitir la ejecución de la sentencia de Nueva York en esta jurisdicción suponga un beneficio práctico para los demandantes”.
El tribunal irlandés evaluó la jurisprudencia local y concluyó que, aunque no es requisito indispensable la existencia actual de activos, sí debe existir “una expectativa realista de obtener un beneficio práctico”. En este caso, la ausencia de bienes y la duplicidad de procesos en otras jurisdicciones llevaron al tribunal a descartar la utilidad de ejecutar la sentencia en Irlanda. La jueza también destacó que los demandantes ya cuentan con mecanismos de investigación y ejecución en Estados Unidos y otros países, por lo que replicar esos procesos sería redundante.
El fallo irlandés evitó pronunciarse sobre cuestiones de fondo, como la inmunidad soberana del Estado argentino o la doctrina del acto de Estado, señalando que esos temas podrían debatirse en un eventual juicio de fondo, pero no eran determinantes en esta instancia procesal.