Luego que el presidente Alberto Fernández ratificó la continuidad del aislamiento social preventivo y obligatorio en todo el país hasta el próximo 26 de abril, por la pandemia de coronavirus, dejó en manos de los gobernadores la entrega de propuestas para permitir más excepciones de acuerdo a la realidad epidemiológica de cada provincia.
En Misiones, Oscar Herrera Ahuad prepara un documento a ser enviado al propio Fernández como al ministro del Interior, Wado de Pedro, donde dejará asentadas las propuestas para la tierra colorada.
Fuentes consultadas explicaron que, en principio, se pedirá que la Nación permita el salvoconducto para un grupo de profesionales y la construcción privada.
En el documento de referencia, no se menciona la posibilidad de que alguna comuna, paraje o barrio puede aplicar el aislamiento comunitario.
Varias autoridades consultadas vieron que en la última semana muchos misioneros se volcaron a las calles y comercios, desatendiendo la cuarentena obligatoria. Por esta razón se volvieron a escuchar los patrulleros con mensajes en los municipios con la advertencia de sanción.
Ayer, desde la Residencia Oficial, se trabajó con el Poder Judicial para asistirlos en un protocolo sanitario de protección del personal, para que se retomen las actividades en los despachos de la Justicia.
Un tema en el que insistirá Misiones ante la Casa Rosada es en la normalización de la atención bancaria, por ahora resistida por el sindicato de los trabajadores del sector.
La advertencia que hace Herrera Ahuad a su equipo como a los funcionarios nacionales, no sólo como mandatario sino además como médico, es que: a mayor movimiento de personas mayor riesgo de accidentes se pueden producir en calles, rutas y avenidas.
Eso implicaría la ocupación de camas, personal médico y equipamiento que hoy está destinado a posibles afectados por COVID-19, sabiendo también que la apertura de actividades puede generar mayor contagio sin poderse prever las consecuencias sanitarias sobre los enfermos.
Con cuarentena obligatoria, está ocupado en Misiones un 30% de las camas de terapia intensiva sin accidentes de tránsito ni COVID-19.
Las excepciones que se estudian
“Tenemos que ser extremadamente capaces de aplicar protocolos focalizados y controlar la situación”. Así habría resumido el Gobernador a sus ministros la propuesta de trabajar el documento a ser enviado a Nación.
Más de un funcionario planteó su preocupación por la posible implementación de aislamientos comunitarios o la idea de permitir que los misioneros salgan a realizar actividades físicas según el DNI.
“Si esta semana la gente no respetó la cuarentena, ¿cómo hacemos para que no se descontrole la situación sanitaria y de seguridad? Además, cuando la gente vea a otras personas en las calles, va a tender a salir y será el fin del aislamiento”, advirtió un especialista que sigue de cerca el día a día de la pandemia.
En esa línea, Oscar Herrera Ahuad propondría a Alberto Fernández autorización para que trabajen:
• Abogados y escribanos: por el reinicio de tareas en el Poder Judicial de Misiones deberá habilitarse el ejercicio profesional.
• Contadores: para liquidaciones y movimientos contables de personas y empresas. Especialmente de las productivas que retomaron su trabajo días pasados. En este punto la Provincia insistirá con los bancos por la necesidad de completar trámites, depósitos, giros, etc.
• Odontólogos: con un protocolo de seguridad particular.
• Construcciones privadas: se analizó con la UOCRA una propuesta de trabajo.
Se sumarían a las que Fernández anunció el viernes pasado y cuyo DNU se conoció en las últimas horas.
Las fuerzas de seguridad retomarán la aplicación de la resolución de actas y multas para todos aquellos que no atiendan la obligatoriedad del aislamiento. Algo que dio resultados pero que se verán amenazados por la respuesta social.
Los que ya estaban exceptuados en Misiones (con certificado de salvoconducto)
• Las principales actividades productivas: yerba mate, té, tabaco (el acopio), pesca y forestal.
• También el comercio exterior.
• Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, incluidas farmacias, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas.
• Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos; los que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
• Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
• El transporte público urbano de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP; servicios postales y distribución de paquetería.
• Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
• Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
• Servicios de lavandería.
• Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
• Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
• Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
• Personal afectado a la obra pública.
• Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de yacimientos de petróleo y gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
• Personal de salud, fuerzas de seguridad, fuerzas armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
• Autoridades superiores de los Gobiernos nacional, provinciales, municipales, trabajadores y trabajadoras del sector público convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
• Personal de los servicios de Justicia de turno.
• Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino y al personal de los organismos acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
• Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores, a niños, a niñas y a adolescentes.