El gobierno nacional prepara una Ley de Desregulación con cambios para farmacias, inmobiliarias, navegación y otros sectores

Dia uno
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El borrador de 144 páginas impulsado por el ministro Federico Sturzenegger apunta a digitalizar la venta de medicamentos, liberar el corretaje inmobiliario y redefinir las reglas en el agro. Desde el Ministerio de Desregulación advierten que el texto final continúa en revisión.

Los equipos técnicos del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, bajo la conducción de Federico Sturzenegger, ultiman los detalles de un ambicioso anteproyecto de ley de 144 páginas que busca reestructurar el funcionamiento de sectores clave de la economía argentina.

La iniciativa, estructurada en 11 títulos, plantea modificaciones de fondo en el corretaje, la agroindustria, el mercado de capitales, la logística portuaria y la comercialización farmacéutica. Frente a las consultas sobre el alcance de estas medidas, fuentes oficiales del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado explicaron la situación actual del borrador: “El proyecto de ley está en revisión y hay ajustes, cambios y modificaciones haciéndose constantemente”.

La estrategia del oficialismo apunta a una digitalización integral que redefina los canales comerciales tradicionales. En esa línea, el texto oficial promueve la transición digital para permitir la venta de medicamentos a través de plataformas electrónicas, la representación de valores negociables mediante tecnología blockchain y la creación de un Sistema Federal de Registro de Garantías interoperable.

Desde la cartera de Desregulación prefirieron mantener la cautela respecto de los plazos de presentación y señalaron: “Cuando se envíe el proyecto al congreso vamos a dar todos los detalles necesarios”.

Impacto en farmacias, el mercado inmobiliario y el agro

El sector farmacéutico aparece como uno de los principales focos de reforma. El proyecto habilita a que los medicamentos de venta libre se comercialicen en establecimientos ajenos a las farmacias y mediante canales digitales. Con este cambio, el Gobierno busca que las farmacias utilicen plataformas de terceros para exhibición, pagos y logística de productos que no requieran receta archivada. Asimismo, se flexibiliza la propiedad de los locales, que podrán constituirse bajo cualquier figura jurídica, mientras que las droguerías quedarán habilitadas para despachar recetas al público si se constituyen como farmacias.

Para el sector inmobiliario y de corretaje, el anteproyecto elimina de manera explícita la fijación de aranceles mínimos y las comisiones con pisos o topes máximos, promoviendo la libre competencia en la actividad. En el ámbito agropecuario, se busca potenciar el uso de certificados de depósitos y warrants sobre productos agrícolas, ganaderos y forestales, además de derogar la Ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales. Para la ganadería vacuna, el borrador propone eliminar las contribuciones obligatorias al Instituto de la Promoción de la Carne Vacuna Argentina (Ipcva) a partir de octubre de 2027, transformándolas en aportes de carácter voluntario.

Apertura al cabotaje marítimo y mercado de capitales

La logística portuaria experimentará una transformación de aprobarse la norma, ya que se autoriza a buques de bandera extranjera a realizar actividades de cabotaje nacional para el transporte de carga y pasajeros entre puertos argentinos. Esta habilitación estará sujeta a escalas progresivas de tripulación local. En sintonía con la flexibilización del transporte, se propone una alícuota de 0% para la importación de buques de hasta 20 años que se incorporen a la bandera nacional y se exime del impuesto al combustible naval de cabotaje.

Finalmente, la reforma moderniza el régimen de Warrants y Prenda con Registro en el mercado de capitales, lo que permitirá utilizar activos virtuales como garantía de financiamiento. El texto también prohíbe cualquier tipo de intervención estatal sobre precios, volúmenes o márgenes de rentabilidad en el mercado del gas licuado de petróleo (GLP), limitando la función de la autoridad de aplicación únicamente al control técnico de la actividad

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